martes, 13 de abril de 2010

DEFINICION DE IMPUESTOS TRATADISTAS

DEFINICION DE IMPUESTOS

TRATADISTAS

Eheberg: Los impuestos son prestaciones al estado y entidades de derecho público que reclaman, en virtud de su poder coactivo, en forma y cuantía determinadas unilateralmente y sin contraprestación especial con el fn de satisfacer las necesidades colectivas.

Nitti: el impuesto es una cuota parte de su riqueza, que los ciudadanos dan obligatoriamente al estado y a los entes locales de derecho administrativo para ponernos en condiciones de proveer a la satisfacción de las necesidades colectivas.

Vitti de Marco: el impuesto es una parte de renta del ciudadano, que el estado percibe con el fin de proporcionarse los medios necesarios para la producción.

José Álvarez de Cienfuegos: el impuesto es la parte renta nacional que el estado se apropa para aplicarla a la satisfacción de las necesidades publicas.

Luiggi Cossa: el impuesto es una parte proporcional de la riqueza de los particulares deducido por la autoridad pública a fin de proveer a aquella parte de los gastos de utilidad general que no cubren las rentas patrimoniales.

Gastón Jéze: características:

1._es una prestación de valores pecuniarios.

2._la prestación del individuo no es seguida para una contraprestación del estado.

3._el constreñimiento jurídico.

4._se establece según reglas fijas.

5._se destina a gastos de interés.

6._es debido por el hecho de que los individuos forman parte de una comunidad política organizada.

Leroy Beaulieu: el impuesto es pura y simplemente una contribución, sea directa, sea disimulada, que el poder público exige de los ciudadanos para subvenir a los gastos del gobierno.

Seligman: un impuesto es una contribución forzada de una persona para el gobierno para costear para el gobierno para costear los gastos realizados en intereses comunes sin referencias a los beneficios especiales prestados.

Manuel Morselli: el impuesto es una deducción obligatoria de riqueza privada, querida por el estado y entidades menores para ser destinada a la consecución de los fines generales de la vida pública.

Código Fiscal de la Federación: son impuestos las prestaciones en dinero o en especie, que el estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincida con la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.

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