martes, 13 de abril de 2010

LOS PRINCIPIOS DE ADOLFO WARNER

LOS PRINCIPIOS DE ADOLFO WARNER

INTRODUCCION

  • La ciencia de las finanzas debe poseer una serie de principios superiores.

  • Considerar un doble punto de vista.

  • Estos principios no debe considerarse como absolutos sino como relativos.

  • No deben considerarse aisladamente sino en su conjunto.

  • Constituyen un fin al que debe tenderse en la práctica.

PRINCIPIOS DE EQUIDAD

1.- GENERALIDAD: se refiere a que todos debemos pagar impuestos, pero no es tomada al pie de la letra.

2.- UNIFORMIDAD: El impuesto debe ser en lo posible, proporcionado a la capacidad de prestación económica.

PRINCIPIOS DE POLITICA FINANCIERA

1.- SUFICIENCIA DE LA IMPOSICION: los impuestos deben cubrir las necesidades financieras de un periodo financiero.

2.- ELASTICIDAD DE IMPOSICION: los impuestos deben ser adaptables a las variaciones de las necesidades financieras.

PRINCIPIOS DE ECONOMIA PÚBLICA

1.- FUENTES DE IMPUESTOS: Wagner señala 3 fuentes del impuesto: la renta que es la fuente normal del impuesto, el capital nacional, conjunto de bienes o riquezas de un país que produzca bienes y los medios de consumo.

2.- ELECCION DE CLASES DE IMPUESTOS:

El legislador puede escoger al sujeto

La autoridad solo emite hipótesis

Tomar en cuenta la repercusión al escoger los gravámenes

PRINCIPIOS DE ADMINISTRACION FISCAL

· La fijeza tendrá mayor efectividad si se siguen las siguientes reglas:

1. la mayor preparación profesional y moral de los encargados de la determinación de los impuestos.

2. La simplicidad del sistema de impuestos y de su organización.

3. De la indicación exacta y precisa de la fecha y lugar de pago del monto de la suma debida y de las especies liberadoras admiradas.

4. emplear en las leyes del reglamento un lenguaje claro,simple y accesible a todos, aún cuando no siempre será posible por las complicaciones que extrañan los impuestos modernos.

5. el rigor político y la precision, que excluye la discusión y las controversias son una necesidad de las leyes.

6. al lado de las leyes deben expedirse circulares y dispocisiones, citando ejemplos y en la mejor forma posible, aclaren no solo los organismos de administración.

7. las dispocisiones relativas apenas defensas y ciertos principios fundamentales, deben hacerse imprimir en las formas oficiales.

8. debe usarse la prensa para dar a conocer las leyes nuevas.

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